| | TRAMITACIÓN Y GESTIÓN ¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR UNA EXPLOTACIÓN?Puede solicitar la autorización de una explotación de acuicultura cualquier persona física o jurídica que sea propietario o titular de unas instalaciones que se consideren adecuadas para la cría o cultivo de peces. ¿CÓMO DAR DE ALTA UNA EXPLOTACIÓN?Para emp Descargue el modelo de SOLICITUD DE ALTA de explotación acuícola en PDF aquí: Descargue el listado de la documentación anexa a la solicitud en PDF aquí: Una vez analizada toda esta documentación, si está en perfecto orden y cumple todos los requisitos, tras una inspección de un técnico competente de la Junta de Extremadura, se procederá a emitir la pertinente resolución sobre la autorización.
ACUICULTURA EXTENSIVACon carácter general, se considera acuicultura extensiva en charcas, aquella que no altera el régimen y calidad natural de las aguas, de modo que: a) La cuantía de los piensos aportados sea menor a la pesca extraída. b) Y sus caudales se mantengan en régimen natural sin incrementar el vertido por deriva ciones desde otros cauces u otras aportaciones.
INCORPORACIÓN DE CHARCAS A EXPLOTACIONES DE ACUICULTURA EXISTENTES¡NUEVO! Conforme a Resolución de marzo de 2026, se pueden incorporar nuevas charcas a una explotación de acuicultura extensiva ya existente e inscrita en el Registro de Explotaciones de Acuicultura en Extremadura mediante declaración responsable enviada por Registro o correo electrónico a piscifactoria@juntaex.es. Pinchar aquí o
OTRAS AUTORIZACIONESPara poder entrar en funcionamiento será necesario también contar con las pertinentes autorizaciones de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, relacionadas con sanidad animal (núcleo zoológico).
OBLIGACIONES DE LAS EMPRESASTras emitir la resolución donde se autoriza la puesta en funcionamiento de la explotación de acuicultura, la empresa tendrá una serie de obligaciones de entre las cuales destacamos las siguientes:
Estas explotaciones están reguladas en lo recogido en la Ley 11/2010, de 16 de noviembre, de Pesca y acuicultura de Extremadura, el Decreto 34/1987, de 5 de mayo, por el que se regulan las explotaciones de acuicultura y la Orden de 15 de junio de 1988, por la que se dictan normas complementarias al Decreto 34 de 5 de mayo de 1987, por el que se regulan las Explotaciones de Acuicultura en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
REVOCACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN EN LAS EXPLOTACIONES DE ACUICULTURA, SOLICITUD DE BAJA Y SOLICITUD DE CAMBIO DE TITULARIDADLa autorización emitida por la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural para funcionar como explotación de acuicultura, puede ser revocada cuando concurra cualquiera de las siguientes circunstancias: a) Transcurso de tres años consecutivos sin que haya actividad acuícola b) Incumplimiento de las condiciones estipuladas en la resolución de autorización Los titulares de estas autorizaciones podrán solicitar la baja como explotación de acuicultura cuando lo deseen rellenando el modelo siguiente: Descargue el modelo de SOLICITUD DE BAJA como explotación de acuicultura en PDF aquí: Tanto en caso de revocación como en los supuestos de suspensión o anulación de la autorización, la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural podrá adoptar las medidas que sean necesarias, con cargo al obligado, para garantizar la supervivencia de las especies existentes en las explotaciones, si existe abandono de las mismas por parte del titular de las citadas explotaciones. Cuando el titular de una explotación de acuicultura desee traspasar la actividad a otra persona debe solicitar a la Dirección General de Mundo Rural, Caza, Pesca y Tauromaquia en el modelo que se recoge a continuación. Descargue el modelo de CAMBIO DE TITULARIDAD de explotación de acuicultura en PDF aquí:
MEMORIAS ANUALES DE PRODUCCIÓN
Para facilitarle el cumplimiento de dicha normativa ponemos a su disposición el modelo de memoria anual de actividades, para su cumplimentación y remisión a la Sección de Acuicultura, por cualquiera de los medios recogidos en la ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Es necesario que nos remitan dicha memoria aunque en el año considerado no haya tenido producción, indicándonos en este caso los motivos de la falta de producción. - Modelo de MEMORIA ANUAL sobre actividades:
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