AYUDAS A LA ACUICULTURA

ÍNDICE:

1. INTRODUCCIÓN

2. PRÓXIMA CONVOCATORIAS DE AYUDAS (2025)

2.1. Inversiones elegibles

2.2. Beneficios esperados

2.3. Requisitos

 

 

 

INTRODUCCIÓN


Con el objeto de fomentar el desarrollo y modernización de las explotaciones de acuicultura en Extremadura y llevarlas hacia un modelo de producción sostenible, esta administración ha venido convocando periódicamente subvenciones a la acuicultura cofinanciadas por fondos de la Unión Europea.

Estas subvenciones se venían concediendo desde el año 1995, en que se finalizó el primer proyecto, por el Instrumento Finanaciero de Orientación de la Pesca (IFOP). 

Posteriormente con el fondo europeo de la pesca se siguieron concediendo estas subvenciones hasta el año 2015 en que se resolvió la última convocatoria, en este último período comprendido entre los años 2007 y 2014 (prorrogado hasta 2016) se subvencionaron 6 proyectos de 4 empresas distintas, lo que estuvo muy por debajo de las expectativas existentes.  

Los proyectos incluían inversiones materiales destinadas a llevar a cabo actuaciones de inversión productiva en acuicultura para la construcción, ampliación, equipamiento y modernización de instalaciones de producción, para mejorar las condiciones de trabajo e higiene, la salud humana o la sanidad animal y la calidad del producto, que limiten el impacto negativo o mejoren los efectos positivos sobre el medio ambiente.

En el período 2014-2023, en la estrategia de nuestra comunidad autónoma, se cren dos medidas para incidir en sostenimiento de este sector en la región. Estas dos medidas son: Medida de innovación recogida y Medida de Servicios de gestión, sustitución y asesoramiento para las explotaciones acuícolas recogidas Reglamento FEMP. Estas dos medidas se llevaron a cabo por la Junta de Extremadura con la participación y para el desarrollo de las explotaciones de acuicultura existentes en Extremadura.

 

 

 

PRÓXIMAS SOLICITUDES DE AYUDAS A LA ACUICULTURA EN EXTREMADURA (2025)

 

El Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura (FEMPA), regulado en el Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, recoge las prioridades que la Unión considera para el periodo 2021-2027 en el ámbito marítimo, pesquero y acuícola.

Por ello, se van a convocar unas ayudas para el fomento de la competitividad y sostenibilidad en el sector de la acuicultura en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en las que se pretende:

  • Promocionar inversiones para una acuicultura económicamente viable, competitiva y atractiva.
  • La mejora y construcción de infraestructuras dependientes de las explotaciones acuícolas, asociadas directamente a sus instalaciones, que mejoren sus características productivas.
  • La protección de las instalaciones frente a adversidades climáticas, alteraciones del entorno y del agua, escapes y depredadores.

 

En concreto, serán objeto de ayuda las siguientes inversiones:

  • En obras o equipamiento destinado a modernizar los centros acuícolas.
  • Que favorezcan la automatización y digitalización de procesos.

Estas inversiones se consideran cruciales para mejorar la eficiencia, sostenibilidad y competitividad del sector acuícola; permiten optimizar procesos, reducir costes, mejorar la calidad del producto y proteger el medio ambiente.

 

Las inversiones en modernización de centros acuícolas pueden incluir:

  • Mejora de infraestructuras: para consolidar la actividad existente, mejorar la gestión, garantizar un control eficiente de la actividad a lo largo del proceso productivo y comercialización de los productos.
  • Mejora en la eficiencia energética: para mejores la competitividad, viabilidad y huella ambiental del tejido productivo. Implementación de tecnologías que reduzcan el consumo de energía, como iluminación eficiente, maquinaria de bajo consumo y climatización eficiente; utilización de placas solares.
  • Reducción del impacto ambiental: para fortalecer la sostenibilidad ambiental de la actividad. Inversiones en sistemas de tratamiento de aguas residuales, para reducir la descarga de nutrientes y sistemas para prevenir el escape de especies. Economía circular, para reducir residuos y recursos. Mejora de la resiliencia al cambio climático.
  • Innovación tecnológica: Inversiones en tecnologías que permitan una producción más eficiente y sostenible, como sistemas de alimentación automatizada, sensores para el control de la calidad del agua y sistemas de monitoreo remoto.

 

Las inversiones en automatización y digitalización pueden ser, entre otras:

  • Automatización de procesos: Implementación de sistemas automáticos para la alimentación, limpieza de tanques, control de la calidad del agua, monitoreo de las condiciones de vida de los peces, para aumentar la eficiencia, y reducir la necesidad de mano de obra.
  • Digitalización de procesos: para mejorar la gestión de los datos, la planificación de la producción, mejorar la toma de decisiones, optimizar la producción, el seguimiento de la salud de los peces y la trazabilidad del producto.

 

Beneficios esperados de estas inversiones:

  • Mayor eficiencia productiva: Permite producir más con menos recursos, reduciendo costos y aumentando la rentabilidad.
  • Mejor calidad del producto: La automatización y la digitalización permiten un control más preciso de las condiciones de cultivo, lo que repercute en la mejora de la calidad.
  • Mayor sostenibilidad: La reducción del consumo de agua y energía, así como la disminución de los residuos, contribuyen a una acuicultura más sostenible.
  • Mayor competitividad y viabilidad: La modernización y la economía circular permiten a las empresas acuícolas ser más competitivas en un mercado global.
  • Mejores condiciones laborales: La automatización de tareas peligrosas o repetitivas mejora las condiciones de trabajo de los empleados.

 

Requisitos de los beneficiarios:

  • Personas físicas y personas jurídicas, con calificación de PYME, que realicen inversiones destinadas al fomento de la acuicultura y cumplan las condiciones siguientes:
    • Que tengan una explotación de acuicultura debidamente autorizada, en la fecha de publicación de la convocatoria
    • Que se encuentren inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas a la fecha de publicación de la convocatoria.
    • Que no se hallen en supuestos que impidan obtener la condición de beneficiario de subvenciones, según la legislación estatal o autonómica, ni en la reglamentación FEMPA.
  • Se excluyen las empresas públicas, o participadas mayormente por estas, y las entidades de derecho público.

 

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