subbanner

TRAMOS VEDADOS

 

La planimetría de los Tramos Vedados de Pesca se puede consultar desde el Visor de pesca y ríos.

 

Apartados:

Tramos Vedados de Pesca: Se prohíbe la pesca durante todo el año en el tramo y sus afluentes.

Tramos veda de temporada y cupo: Pescables los martes, jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional o regional, entre el tercer domingo de marzo y el 30 de junio (Fuera de este periodo y en sus afluentes se prohíbe pescar). Solo se permite como cebo vivo la lombriz y los cebos artificiales montados en anzuelo sencillo. 

Cotos de pesca: Gestionados atendiendo a su Plan Técnico de Gestión.

 

Ríos de la Sierra de Gata: Ningún tramo vedado

Ríos de las Hurdes: Ningún tramo vedado

Ríos de los Valles de los Ibores - Villuercas - La jara: Ningún tramo vedado

Ríos del Valle del Ambroz:

Río Gallego o Herradores (término municipal de Hervás): Desde sus nacientes hasta su desembocadura en el río Ambroz. Vedado de pesca.

Ríos del Valle del Jerte:

  1.  Río Jerte:

Tramo alto del río Jerte (término municipal de Tornavacas): desde sus nacientes hasta la piscina natural de Tornavacas. Vedado de pesca.

  2.  Otros ríos y gargantas:

Garganta Buitres o Injertana (término municipal de Cabezuela del Valle). Desde sus nacientes hasta el Vado de la Injertana. Vedado de pesca.

 

Ríos del Valle del Tiétar - La Vera:

  1.  Gargantas de San Gregorio, Cascarones y Cuacos

Tramo alto de la Garganta de San Gregorio (término municipal de Aldeanueva de la Vera): desde sus nacientes hasta la toma de aguas de Aldeanueva de la Vera. Vedado de pesca.

Garganta de Cascarones o Los Guanchos (término municipal de Aldeanueva de la Vera): desde sus nacientes hasta su confluencia con la Garganta de San Gregorio. Vedado de pesca.


A continuación, se presenta la lista de VEDADOS DE RECRÍA existentes en Extremadura, a excepción de las que puedan añadirse hasta su actualización (febrero de 2024): 

MUNICIPIO

NOMBRE DEL PARAJE

NOMBRE DE LA MASA DE AGUA

HUSO

Coord X

Coord Y

REFERENCIA CATASTRAL

Brozas

Rebollo

REBOLLO

29

681691

4376201

Poligono: 35; Parcela: 10

Cáceres

El Castillo y Moheda de Arriba

Embase de la Moheda 1

29

715872

4341999

Poligono: 45; Parcela: 109

Cáceres

Malanda

Charca Grande de Malanda

29

712345

4349920

Poligono: 54; Parcela: 16

Cáceres

Malanda

Charca Grande Umbría

30

193543

4353116

Polígono: 54; Parcela: 9018

Collado De La Vera

Machucas

Charca Finca las Machucas

30

267969

4434836

Poligono: 13; Parcela: 8

Collado De La Vera

Machucas

Embalse de las Machucas

30

267644

4434906

Poligono: 13; Parcela: 9

Guijo De Granadilla

Casablanca

Charca 1

29

745272

4449143

Poligono: 7; Parcela: 2

Guijo De Granadilla

Casablanca

Charca 2

29

744320

4448995

Poligono: 7; Parcela: 2

Monroy

TEJAREJO DEL SALIENTE

Embalse Cuartón

29

746481

4392972

Poligono: 15; Parcela: 163

Oliva De Plasencia

Casablanca

Charca 3

29

744912

4448552

Poligono: 3; Parcela: 1

Oliva De Plasencia

Casablanca

Charca 4

29

746542

4448533

Poligono: 3; Parcela: 4

Oliva De Plasencia

Casablanca

Charca 5

29

747079

4449098

Poligono: 3; Parcela: 4

Plasencia

Prados de Casa Judio

Laguna de Prados de Casa Judío

29

742221

4428821

Poligono: 26; Parcela: 24

Salorino

BENFAYAN

Benfayan 5

29

668418

4368297

Poligono: 18; Parcela: 2

Santa Marta De Magasca

PASCUALETE

Charca Pascualete

29

752661

4375685

Poligono: 4; Parcela: 9

Talaván

EL MEMBRILLAR

Charca del Membrillar en arroyo Tejoneras

29

738770

4398355

Poligono: 8; Parcela: 4

Valencia De Alcántara

EL IV MILLARON

El Cañito

29

659663

4369411

Poligono: 31; Parcela: 3

 

 

Actualizado en FEBRERO de 2024

 

Limitaciones a la pesca, la navegación y la utilización de elementos de flotación recogidas en los Planes de Gestión de Espacios Protegidos de Extremadura, dependientes del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de Extremadura, Dirección General de Medio Ambiente. Se presenta un resumen de dichas limitaciones, susceptible de sufrir cambios. Confirme los datos consultando la fuente original

  • Descargar resumen con planimetría. 

  • Resumen: 

(Nota: Planes de Gestión recogidos en el Decreto 110/2015, de 19 de mayo por el que se regula la red ecológica europea Natura 2000 en Extremadura. Acceder al DOE (archivo de 600 megas, se recomienda pulsar el botón derecho del ratón y Guardar enlace como). Acceder a los planes desglosados)

1. Plan de Gestión 11 de la ZEC Dehesas del Ruecas y Cubilar y la ZEPA Vegas del Ruecas, Cubilar y Moheda Alta.

  • Zonas de Alto Interés "Embalse del Cubilar": En las colas del embalse entre las coordenadas 286917E 4347102N y 286458E 4347180N, se evitarán las molestias derivadas de actividades como pesca, caza, turismo de naturaleza, etc. para lo que se señalizarán estas zonas. Entre el 1 de noviembre y el 30 de junio sólo se podrá acceder a estas zonas por motivos relacionados con la gestión agroganadera de la zona. Prohibido pescar en este periodo.

2. Plan de Gestión 19 de la ZEPA Embalse de Arrocampo. 

  • Zona de Interés Prioritario (ZIP) (entre las coordenadas 271018E 4412931N y 269667E 4412935N): Durante el periodo comprendido entre el 1 de marzo y el 1 de agosto serán incompatibles actividades como la pesca, la fotografía y la navegación y flotación.
  • Zona de Alto Interés (ZAI) 1 "Orillas palustres del embalse de Arrocampo'' (entre las coordenadas 270022E 4411626N y 271018E 4412931N y las coordenadas 269667E y 4412935N): Durante el periodo comprendido entre el 1 de marzo y el 1 de agosto, solo se podrá pescar en las zonas habilitadas o señalizadas al efecto. 

3. Plan de Gestión 20 de Embalse de Borbollón.

  • Zona de Interés Prioritario (ZIP) 2 "Isla de Parra Chica": Se prohíbe la pesca en esta isla, así como en los terrenos inundables que la unen a tierra en época de estiaje, durante todo el año.

4. Plan de Gestión 21 de la ZEPA Embalse de los Canchales.

  • Zona de Interés Prioritario (ZIP) 1 "Zona noreste del embalse de Canchales" (entre las coordenadas 196231E 4319298N y 194598E 4319775N): Prohibida la pesca en el periodo comprendido entre el 15 de marzo y 15 de julio.
  • Zona de Alto Interés (ZAI) “Cola de La Coscoja-Las Cuestas" (entre las coordenadas 194044E 4320107N y 193816E 4319316N): Prohibida la pesca en el periodo comprendido entre el 15 de marzo a1 15 de julio.

5. Plan de Gestión 24 del Embalse de Montijo

  • Zona de Interés Prioritario (ZIP) 1. "Desembocadura del río Aljucén": Durante el periodo comprendido entre el 15 de marzo y el 1 de agosto, el ejercicio de la pesca únicamente podrá desarrollarse en las zonas que se habiliten al efecto.

6. Plan de Gestión 26 Embalse de Talaván.

Está prohibido pescar en las colas del embalse, en las reculas aguas arriba de las coordenadas 262975E 4405806N, 247809E 4416892N y 262975E 4405806N.

7. Plan de Gestión 27 de la ZEPA Embalse de Valuengo.

  • Zona de Interés Prioritario (ZIP) (orilla aguas arriba de las coordenadas 183767E 4245791N en la margen izquierda y 183801E 4246071N en la margen derecha): La pesca y la navegación o flotación en esta zona es incompatible durante todo el año.

8. Plan de Gestión 33 de la ZEPA Llanos de Zorita y Embalse de Sierra Brava.

  • Zona de Interés Prioritario (ZIP) 3 "Islas temporales de Sierra Brava" (entre las coordenadas 273822E 4345660N y 273695E 4345823N y las coordenadas 273584E 4347290N y 273320E 4347267N): La pesca desde las orillas en el entorno de esta ZIP estará prohibida desde el 1 de marzo al 15 de julio.
  • Zona de Alto Interés (ZAI) 1 "Embalse de Sierra Brava": En cuanto a la regulación de la actividad piscícola se establece que la pesca desde las orillas en las colas del embalse de Sierra Brava (entre las coordenadas a y b de la tabla) entre el 1 de noviembre y el 31 de marzo no se llevará a cabo desde una hora antes de la puesta del sol hasta una hora después de su salida.

 

Coordenada A

 

Coordenada B

273838E 4345455N

273822E 4345660N

273843E 4346019N

273997E 4346269N

274243E 4346701N

273584E 4347290N

273320E 4347267N

272615E 4347133N

270182E 4342508N

270019E 4342317N

272611E 4342745N

272802E 4343027N

273011E 4343372N

273156E 4343854N


9. Plan de Gestión 64 de la ZEPA Sierras Centrales y Embalse de Alange.

Zona de Interés Prioritario (ZIP) 2 "Peñón de la Porquera. Risco del Toril y Aguas arriba del puente Almendralejo - Palomas": La pesca en las orillas del embalse de Alange incluidas en la ZIP 2 queda prohibida en los siguientes periodos:

  • Entre el 1 de abril y el 31 de julio, para la zona de La Porquera (entre las coordenadas 213601E 4298577N y 212432E 4297140N).
  • Entre el 15 de enero y el 15 de julio para el Risco de El Toril (entre las coordenadas 221017E 4295326N y 221954E 4293489N).
  • Entre el 15 de enero y el 15 de julio y desde el 1 de noviembre hasta el 28 de febrero desde 1 hora antes de la puesta del sol hasta 1 después de su salida:para aguas Arriba del Puente Almendralejo - Palomas (aguas arriba de la coordenada 221495E 4285517N).

Se prohíbe la pesca durante el periodo comprendido entre el 16 de marzo y el 15 de julio:

  • En el extremo suroeste de la cola en la desembocadura del Arroyo Valdemedel (ZIP 3) (aguas arriba de la coordenada 213814E 4292957N).
  • En el entorno de las penínsulas (islas unidas a la orilla por el bajo nivel de las aguas del embalse, situadas en las coordenadas de la tabla) de nidificación de larolimícolas (ZIP 3).

Penínsulas Alange

219571E 4293284N

217088E 4291165N

217579E 4290865N

217980E 4290547N

218525E 4290338N

220290E 4289501N

219780E 4288791N

219862E 4288091N

219799E 4287136N

220535E 4286581N

 

 

 

10. Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Cornalvo. Limitaciones recogidas en el Decreto 188/2005, de 26 de julio, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Natural de Cornalvo  

Se permite la pesca con caña en los cotos de pesca legalmente constituidos y en aquellos otros lugares donde de forma especifica se autorice por la Dirección General del Medio Ambiente. Queda prohibida la pesca en todo el tramo del río Aljucén incluido dentro del Parque Natural.

11. Plan Rector de Uso y Gestión de la Reserva Natural de la Garganta de los Infiernos. Limitaciones recogidas en el Decreto 185/2005, de 26 de julio, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Reserva Natural de "Garganta de los Infiernos"  

Se permite la pesca con caña en los cotos de pesca legalmente constituidos y en aquellos otros lugares donde de forma especifica se autorice por la Dirección General del Medio Ambiente.

12. Plan Rector de Uso y Gestión de la Zona de Interés Regional Embalse de Orellana y Sierra de Pela. Limitaciones recogidas en la Orden de 28 de diciembre de 2012 por la que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión de la ZIR "Embalse de Orellana y Sierra de Pela" 

El acceso, y por tanto la pesca, a las islas y penínsulas localizadas en la Zona de Uso Limitado y la Zona de Uso Restringido (aguas arriba de la coordenada 301991E 4329842N y aguas abajo de la coordenada 299972E 4327605N)

La pesca con embarcación a una distancia inferior a 100 m. de las islas.

El acceso vinculado al uso público y recreativo del embalse, y por tanto la pesca y la celebración de concursos de pesca, a:

  • La orilla del embalse que baña la ladera noroeste del Cerro de Cogolludo (desde el puente de Cogolludo hasta una distancia de 1000 metros aguas arriba del mismo, entre las coordenadas 291279E 4321773N y 290970E 4322675N.
  • Las orillas del embalse incluidas en un radio de 250 metros en torno a la desembocadura del Arroyo de las Valsecas (aguas arriba de la coordenada 303284E 4329853N).

13. Plan de Gestión de la ZEPA Embalse de Valdecañas. Limitaciones recogidas en la Orden de 11 de diciembre de 2012 por la que se aprueba el Plan de Gestión de la ZEPA "Embalse de Valdecañas" 

En el Embalse de Valdecañas se prohíbe pescar durante todo el año en la orilla adyacente a la Sierra de Valdecañas, Zona de Uso Tradicional, entre las coordenadas 276293E 4406260N y 277655E 4406401N:

En el Embalse de Valdecañas se prohíbe pescar desde entre el 16 de octubre y el 15 de marzo desde 1 hora antes de la puesta del sol hasta 1 hora después de su salida en las Zonas de Alto Valor Natural:

  • “Las Barreras - El Berrocal” (recula al sur de la coordenada 296487E 4409673N
  • “Cola al norte de la Isla de Valdecañas” (al norte de la coordenada 296803E 4413563N).

14. Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de Monfragüe. Limitaciones recogidas en la Ley 1/2007, de 2 de marzo, de declaración del Parque Nacional de Monfragüe  

Es incompatible el ejercicio de la pesca (en el Tajo aguas arriba de la coordenada 236801E 4411950N y hasta la coordenada 247809E 4416892N, coordenada 262975E 4405806N en el Tiétar). De forma excepcional y como medida de control de las especies piscícolas alóctonas, se podrán conceder autorizaciones para su pesca. Las zonas donde podrá desarrollarse esta actividad estarán adecuadamente señalizadas.

15. Plan Rector de Uso y Gestión de la Zona de Interés Regional Llanos de Cáceres y Sierra de Fuentes. Limitaciones recogidas en la Orden de 28 de agosto de 2009 por la que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión de la ZIR Llanos de Cáceres y Sierra de Fuentes.

Se permite la pesca con caña en los cotos de pesca legalmente constituidos y en aquellos otros lugares donde de forma especifica se autorice por la Dirección General de Medio Ambiente. Cotos de Pesca actuales: Guadiloba, Valdesalor, El Prado, Cantarrana, Virgen de la Soledad, El Gallo, Jarripa (más información en: http://pescayrios.juntaextremadura.es/pescayrios/web/guest/guia-de-cotos).

16. Plan Rector de Uso y Gestión de la Zona de Interés Regional Sierra de San Pedro. Limitaciones recogidas en la Orden de 2 de octubre de 2009 por la que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión de la ZIR 

Se permite la pesca con caña en los cotos de pesca legalmente constituidos y en aquellos otros lugares donde de forma especifica se autorice por la Dirección General de Medio Ambiente

Cotos de Pesca: Malmoreno (TM Santiago de Alcántara), La Jabalina (TM Salorino), Aliseda (TM Aliseda). (Más información en: http://pescayrios.juntaextremadura.es/pescayrios/web/guest/guia-de-cotos).