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LICENCIAS

PARA UNA VISITA O ATENCIÓN PRESENCIAL en cada dependencia o sede oficial, SERÁ NECESARIO CONCERTARLA PREVIAMENTE EN LOS SIGUIENTES CONTACTOS pinchado aquí: http://pescayrios.juntaextremadura.es/pescayrios/directorio.html

 

¡NUEVO! Descargue nuestro manual divulgativo "LA PESCA EN EXTREMADURA"

 

 LICENCIAS DE PESCA

Para pescar en Extremadura es necesario tener la licencia de pesca en vigor, y si es en un coto de pesca además debe haberse obtenido el correspondiente permiso diario de pesca.

La persona que solicita y obtiene la licencia de pesca se compromete a cumplir con la normativa vigente en relación a la pesca en Extremadura. Descargue el DÍPTICO RESUMEN DE LA ORDEN DE DE VEDAS VIGENTE aquí: . Puede consultar el resto de la normativa de pesca en el apartado correspondiente.

Ya no existen: el recargo por trucha, la licencia de pesca sin muerte, la quincenal, ni la reducida. Para tramitar la licencia única de pesca conviene antes conocer cuáles son todos los casos

1.     Mayores de 65 años residentes en Extremadura (exentos de pago y con vigencia de 5 años).

2.     Licencia interautonómica para pescar en varias autonomías (25€ y con vigencia de solo un año).

3.     Licencia CON bonificaciones distintas, del 25% al 100% y con vigencia de un año.

4.     Licencia SIN bonificaciones (2,55 € por el primer año y 5,10€ por cada uno de los años adicionales a este, pudiendo pagarse hasta 5 años de vigencia). Consulte el pdf con el resumen de las tasas aquí:  Actualizado en enero de 2023.

 

Para recibir licencia de pesca en el domicilio habrá que enviar la siguiente documentación (incluyendo el modelo 50 de pago en pdf, si corresponde) a través del correo electrónico licencias.cazaypesca@juntaex.es, en cualquier registro oficial, o bien por correo postal a LICENCIAS DE CAZA Y PESCA (Apartado 254, 06800 MÉRIDA –Badajoz-). Siguiendo los casos anteriores: 

1.  Para mayores de 65 años residentes en Extremadura: enviar 1) solicitud rellena y firmada, y 2) copia del DNI caso de oponerse a la consulta de sus datos. Descargar solicitud en pdf editable aquí:  

2.  Para la licencia interautonómica: enviar 1) solicitud rellena y firmada con 2) modelo 50 pagado (25€) electrónicamente o por banco, y 3) copia del DNI. Descargar la solicitud aquí:  

3.  Licencias CON bonificaciones, acumulando el 25% por cada uno de los siguientes conceptos: pescadores federados en Extremadura (FEP), mujeres pescadoras, menores de 30 años, personas con discapacidad mayor del 33%, y miembros de familias numerosas. Por ejemplo: pescadora federada y menor de 30 años, se bonificaría el 75%. La vigencia y el pago serán para 1 año. Deberá enviar 1) solicitud rellena y firmada, 2) modelo 50 pagado electrónicamente o por banco, 3) copia del DNI en caso de oponerse a la consulta de sus datos y 4) documentación que acredite el motivo de bonificación, según casos: copia del Título de Familia numerosa, o copia del DNI del tutor del menor de 14 años sin DNI; o copia de la tarjeta federativa (FEP); o copia del documento que acredite la incapacidad mayor del 33% (certificado de incapacidad, o pensión por incapacidad permanente, o jubilación por incapacidad permanente). Descargar la solicitud en pdf editable aquí:   

4.   Licencias SIN bonificación: deberá enviar 1) modelo 50 pagado electrónicamente o por banco (con pago de 5,10 € por año hasta 5 años de licencia máximo) y para primeras licencias 2) copia del DNI o equivalente en caso de oponerse a la consulta de su datos conforme a esta solicitud descargable en pdf editable aquí:  

Una vez recibida la licencia en su domicilio, para pescar debe acompañarla además del DNI o documento de identidad equivalente.  La licencia interautonómica de pesca no tiene exenciones ni bonificaciones y con su pago para un año máximo es válida en Aragón, Asturias, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia y Madrid.  

Para el caso poco frecuente de rellenar en papel los modelos 50 de pago, los códigos son para la licencia de pesca en Extremadura 120312, y para la interautonómica el 120741.

 

CONTACTO

Email:  licencias.cazaypesca@juntaex.es

Teléfonos: 924 008 410*, 924 008 411, 924 008 412, 924 008 413, 924 008 414, 924 008 415, 924 008 416, 924 008 417, 924 008 18

Fax:     924 008 419

Correo postal:   Licencias de Caza y Pesca.  Apartado de Correos 254. 06800 MÉRIDA

 

Masas de agua limítrofes con Castilla la Mancha

Listado de masas de agua fronterizas entre las comunidades autónomas de Extremadura y Castilla la Mancha en las que son válidas las licencias de pesca de ambas comunidades. Coordenadas UTM en proyección ETRS89, todas ellas en HUSO 30

Río Tajo. Términos municipales de Valdelacasa del Tajo y Villar del Pedroso. Límite sur en la zona de Puente del Arzobispo: X: 314456  Y: 4407880 UTM norte: X: 301720 Y: 4406875, zona El Barquillo.

Río Estena. TM Helechosa de los Montes X: 338636 Y: 4359265 hasta X: 331840 Y: 4362497

Río Estomiza. Término Municipal de Helechosa de los Montes. Nacimiento: X: 351623 Y: 4366000 su desembocadura en el Estena X: 338636 Y: 4359265

Río Frío. Término Municipal de Helechosa de los Montes. UTM inicio X: 356287 Y: 4365231 Fin: X: 354135 Y: 4360618

Río Guadiana, Embalse del Cíjara. Término Municipal de Villarta de los Montes. UTM inicio, zona Estrecho de la Murciana: X: 357385 Y: 4336534, UTM final: X: 352393 Y: 4341648.

Río Tiétar. Término Municipal de Madrigal de la Vera y Oropesa. UTM inicio X: 301090 Y: 4443180, Fin: X: 298050 Y: 4441550.

 

ESTE TEXTO PUEDE MODIFICARSE Y NO ES EXHAUSTIVO RESPECTO DE LAS CONDICIONES PARA SOLICITUD DE LICENCIAS DE PESCA